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¿Tu vecino te tiene «frito» con el ruido?. Modo de reclamación.

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En fin. El ruido entre vecinos. Se trata de uno de los problemas más frecuentes que se plantean en el día a día vecinal.

Ante el ruido de un vecino el sentido común nos llevará a dos situaciones: localiza de qué vivienda procede el ruido y si es posible utiliza el diálogo como forma de arreglar el problema. Si el problema persiste tendremos que  seguir los pasos que nuestras leyes establecen sobre este tema. En concreto, el artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que para regular los detalles de la convivencia vecinal…el conjunto de propietarios podrá fijar normas de regimen interior. Así pues, ya tenemos una cosa clara, y es que tendremos que saber si el tema del ruido ha sido regulado o no por las normas de régimen interior y, en caso afirmativo, ver qué dicen estas normas.

Si las normas de régimen interior no dicen nada sobre este tema no pasa nada, pues el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal se encarga de recoger los pasos a seguir en el caso de que el propietario u ocupante de un piso  o local desarrolle actividades prohibidas en las normas de regimen interior (en los Estatutos) que resulten dañosas para la finca o que contravengan leyes y normas sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas e ilícias (entre las que se encuentra, como no, el ruido).

Entrando en materia, cuando nos encontramos con el problema del ruido, el presidente de la comunidad pedirá al autor del ruido que deje de hacerlo o que si no se iniciarán acciones judiciales contra él. Si el infractor persiste en su conducta el presidente, autorizado por la Junta de Propietarios, , podrá pedir judicialmente (a través de juicio ordinario) para que deje dehacer ruido.

Tras presentar la demanda, el juez podrá determinar que el autor deje de hacer ruido provisionalmente dado que el juicio tardará un tiempo en celebrarse. Se trata de una medida provisional hasta que dicte su sentencia definitiva.

En la sentencia el juez podra decir, además de que cese el ruido y de cuál es la indemnizacion que el autor del ruido debe pagar al que lo padece, que se priva al autor del ruido a usar la vivienda por tiempo no superior a tres años. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá determinar que esa persona salga de esa vivienda para siempre.

5 comentarios en “¿Tu vecino te tiene «frito» con el ruido?. Modo de reclamación.

  1. Hola,
    Soy propietaria de un piso en un edificio muy tranquilo y lo he alquilado hace dos meses a dos chicas jóvenes y, parece ser que «fiesteras» (detalle que yo desconocía cuando alquilé). Esta mañana La presidenta ha venido a informarme que las inquilinas llevan tres fines de semanas haciendo fiestas hasta las 3 – 4 de la mañana y es insoportable el ruido de música y de gente en mi vivienda.
    Por mi parte, estaría encantada de echarlas, aunque sólo lleven dos meses, pero no sé si es posible, pues el contrato es de un año prorrogable y tampoco conozco el procedimiento que tengo que llevar. No quisiera enemistarme con los vecinos,
    porque me gustaría volver a mi casa en cuanto pase un año del contrato. Por favor, ¿me puede ayudar? ¿Qué puedo hacer?
    Estoy muy angustiada, porque hasta el momento, el alquiler no me está dando ninguna satisfacción.
    Muchas gracias,

    1. Hola Maria,

      Habla con el presidente de la comunidad, y que en el orden del dia, se trate el tema del ruido de tus inquilinas y que se apruebe en acta requerirlas para que cesen el ruido.

      En caso de continuar el ruido, podras pedir la resolución anticipada del contrato de arrendamiento por grave incumplimiento de las inquilinas del contrato. Dado que el destino es vivienda y deben respetar el descanso del resto de vecino.

      Te aconsejo que llames a la policía local para que levanten también acta del ruido y las autoras del mismo, con esa documentación podrás adjuntar la prueba de la demanda

      En caso de que quieras que te entablemos las acciones legales, ponte en contacto con nosotros al email info@abogadosparatodos.net y te llamamos,

      Un saludo

      1. Mil gracias p su respuesta Carlos!
        He comentado lo del orden del día con el Presidente y se niega., dice que nadie se ha quejado por escrito y, por tanto, no hay constancia. Es hermano del Administrador y son los dueños «del cortijo».
        Por otro lado, ya he avisado a un par de vecinos que si oyen ruido que avisen a la policia, porque yo no puedo controlar el día ni la hora en que lo hagan, pues no vivo en el edificio.
        En definitiva, que sigo en misma situación, la cual me está dando mucha angustia e incluso crisis de ansiedad.
        Sigo sin saber qué hacer!

  2. He leído un poco sobre este tipo de problemas, pero en mi caso la situación cambia: desde hace más de 3 meses tengo a los vecinos arrastrando muebles desde las 9:00 AM hasta las 2:00 AM (De la madrugada! no de la tarde! Algunos días hasta las 5:00 AM) El caso es que subí a hablar con ellos pero ellos niegan arrastrar nada, dicen que ellos también lo oyen pero que serán los de al lado… los del al lado tampoco saben nada y así sucesivamente…

    El caso es que no se ya con seguridad quien es. La última vez que tuve un problema de ruidos parecía ser el de al lado y resultó ser el de debajo del de al lado (En diagonal!).

    ¿Qué hago? No se exactamente a quien culpar, nadie se hace responsable pero los ruidos siguen ahí molestando igual… si fuese un día no sería tanto, pero ruiditos constantes durante 3 meses me están haciendo perder la cabeza.

    1. Hola Carlos buenos días y disculpa la demora en contestarte.

      La verdad que lo que comentas es complicado. No sé como ayudarte, pues desconociendo a la persona que hace los ruidos o vivienda desde la que probienen ninguna reclamación tendría éxito. No se podría reclamar contra nadie. Se que no te ayudo con esta respuesta, pero no puedo decirte otra cosa que sigas intentando localizar el foco de ese ruidopara poder reclamar.

      Saludos.

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